Una polémica decisión tomada recientemente por la Corte Constitucional confirma una vez más los múltiples beneficios en relación a la extradición que se le ha otorgado a las FARC, teniendo en cuenta el fallo sobre los delitos agravados en casos de violación.
En el reciente fallo la Corte Constitucional precisó que de ahora en adelante cualquier país, que solicite algún pedido de extradición de miembros de las FARC, deberá presentar pruebas suficientes que confirmen que los hechos ocurrieron después del denominado “acuerdo de paz”.
La corte concluyó que los terroristas podrán ser capturados solamente si existen pruebas suficientes que los acusen de tal delito.
En uno de los apartes del comunicado expedido por la corte se precisa que:
“Con el objeto de hacer compatible la posibilidad de extradición con la obligación de investigar en Colombia”, la solicitud debe expedirse 120 días hábiles.

La Corte Constitucional ratifico que quienes hayan cometido delitos posteriores a la firma del acuerdo de paz, deberán ser juzgados por la justicia ordinaria, y este ocasionaría que perdieran inmediatamente todos los beneficios del acuerdo final.
No obstante recientemente se dio a conocer un comunicado del Fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, en el que mantiene diálogos para ordenar la captura de “Ex terroristas” de las FARC con fines de extradición como lo sucedido con el peligro narcotraficante alias “Santrich”.
De esta manera se deja ver como la Corte Constitucional se vuelve cómplice de las FARC liberándolos de una posible extradición, teniendo en cuenta que esta organización es una de las peligrosas del país.