Consejo de Estado confirma que "Fast Track" de Santos NO es posible a pesar de "Refrendación"
Según el concepto emitido por el Consejo de Estado, la refrendación del “nuevo acuerdo de paz” por parte del Congreso no revive el “Fast Track” como se pretendería en el debate de la Corte Constitucional, debido a la ponencia presentada por la magistrada María victoria Calle desde el pasado lunes, una vez se conociera la aprobación del texto por parte del senado, y un día después, ratificado por la Cámara de Representantes.
Según el concepto emitido por el Consejo de Estado, la refrendación del “nuevo acuerdo de paz” por parte del Congreso no revive el “Fast Track” como se pretendería en el debate de la Corte Constitucional, debido a la ponencia presentada por la magistrada María victoria Calle desde el pasado lunes, una vez se conociera la aprobación del texto por parte del senado, y un día después, ratificado por la Cámara de Representantes. De acuerdo a este concepto emitido, la refrendación “no podría implicar la modificación de las normas constitucionales o legales existentes, ni la inclusión de disposiciones nuevas, así como tampoco invitar a futuro a la libertad de configuración normativa del Congreso de la República”. [pullquote]Lo anterior significaría, según el Consejo, que, pese a que el Congreso de la república y la Cámara de Representantes aprobaron el texto, el “Fast Track” no sería revivido debido a que considera que con las votaciones del 2 de octubre en las que se impuso el “no”, el mecanismo habría quedado sin ninguna vigencia.[/pullquote] El argumento del Consejo de Estado se basaría en que la refrendación de los acuerdos por parte del Congreso es únicamente política y no revive el “Acto Legislativo para la paz”, como lo habrían planteado varios senadores que creían que, al votar positivamente el acuerdo, se activaría automáticamente el mecanismo. Aunque el debate sobre este tema se ha dado en los últimos días por cuenta de la necesidad que tendría el gobierno para implementar los acuerdos cuanto antes, la decisión estaría en manos de la Corte Constitucional, organismo que tendría la última palabra para decidir si le da facultades al presidente de la República para continuar –bajo la Constitución- con la implementación de los acuerdos, sin necesidad de refrendación popular. Lo que se conoce sobre la decisión del alto tribunal es que este viernes en un extenso debate no se habría llegado a un consenso, por lo que se habría aplazado la audiencia para el próximo 12 de diciembre, día en el que se debatirá una nueva ponencia que debería presentar la magistrada María Victoria Calle, quien se ha declarado a favor del gobierno con “Fast Track” que reduciría a la mitad el número de debates sobre la implementación de los acuerdos. En la ponencia de la magistrada, se esgrimiría el argumento de que “Cuando todas las piezas de ese mecanismo se articulan puede observarse que: (i) su objetivo es lograr la paz, fin imperioso del orden constitucional a la vez que un modo de conservar su integridad, lo cual es a su turno lo que busca garantizarse con el principio específico de rigidez contemplando la Carta de 1991”. Con ese argumento, habría que esperar a la decisión de la Corte, sin embargo, hay quienes han considerado que al alto tribunal estaría a favor de la ponencia de la magistrada Calle, razón por la que daría jurisdicción a Juan Manuel Santos para que implemente los acuerdos, regido en la Constitución Política de Colombia. Déjenos su opinión o inscríbase a nuestro Newsletter mensual.
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