El pasado 28 de agosto fue enviada una petición por parte de la Procuraduría al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que sea inhabilitado el candidato a la alcaldía por el Partido Liberal, Rafael Pardo Rueda a menos de dos meses de las elecciones regionales que se llevaran a cabo el próximo 25 de octubre.
El pasado 28 de agosto fue enviada una petición por parte de la Procuraduría al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que sea inhabilitado el candidato a la alcaldía por el Partido Liberal, Rafael Pardo Rueda a menos de dos meses de las elecciones regionales que se llevaran a cabo el próximo 25 de octubre. El candidato Pardo deberá defender su candidatura ante la amenaza de ser inhabilitado por supuestas faltas a los artículos 38 y 39 de la ley 617 del 2000, al inscribir su candidatura siendo alcalde mayor de Bogotá encargado, designado por el presidente de la República el 20 de marzo del 2014.
Rafael Pardo Rueda el 1 de julio de 2015, se inscribe para optar a la candidatura de la alcaldía mayor, no cumpliendo con el término que establece el literal 7 del artículo 38 en la ley 617 del 2000.
De acuerdo con las normas citadas, no podrá ser inscrito como candidato, ni elegido, ni designado como alcalde municipal o distrital quien haya desempeñado un cargo público en un periodo de doce (12) meses antes de la fecha de la elección.
En este orden de ideas, según lo establecido en la norma y lo señalado por el Consejo de Estado en cuanto a las incompatibilidades establecidas, se hacen aplicables a los alcaldes como a quién lo reemplace en el ejercicio, en criterio de esta dirección; se considera que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38, numeral 7°, de la Ley 617 de 2000, no podrá inscribirse a ningún cargo de elección popular durante el periodo para el cual fue elegido. En caso de incompatibilidad a que se refiere el numeral 7 ° tal término será de veinticuatro (24) meses en la respectiva circunscripción.
El procurador delegado para la función pública, César Augusto Duarte Acosta, solicitó ante el CNE le mantengan al tanto de los trámites sobre la petición de revocar a Rafael Pardo de su candidatura. Esta es la primera petición de revocatoria que el tribunal electoral debe resolver en manos del presidente del CNE, el magistrado Emilio Rivera.
Por otra parte Héctor Riveros, jefe de campaña de Pardo, aclara que la petición de revocatoria carece de fundamento porque Rafael Pardo no fue elegido alcalde, solo asimiló un encargo que le hizo el presidente de la República el cual tenia por objetivo que la alcaldía tenga una persona que reemplace una vacante que dejó el alcalde Gustavo Petro y continuar con el plan de gobierno de “Bogotá Humana”.
Riveros aclara que el enfoque de esa norma era con la finalidad de evitar que los alcaldes renunciaran antes de cumplir el tercer año de gobierno para inscribirse como candidatos y ser reelegidos.
Rafael Pardo y su jefe de campaña, confían en que el CNE, en el caso de abrir un proceso de investigación para la revocatoria considere que no hayan méritos para llevarlo a cabo .
You’ve reached your free article limit
support FP by becoming a subscriber and get unlimited access to every story.
ALREADY SUBSCRIBER? LOG IN